El consentimiento informado es el derecho del paciente a recibir información comprensible, suficiente y adecuada sobre un tratamiento o procedimiento médico, de modo que pueda tomar una decisión libre y voluntaria sobre si acepta o no someterse a dicho procedimiento.
El consentimiento informadono siempre necesita ser firmado, ya que, según la legislación vigente, puede ser tanto verbal como escrito, dependiendo de la naturaleza del procedimiento médico y los riesgos asociados.
Según la Ley 41/2002, por regla general, el consentimiento informado es verbal para procedimientos de bajo riesgo o habituales, como una consulta médica o la administración de un medicamento de uso común.
El consentimiento informado debe ser firmado (escrito) cuando se trate de procedimientos que implican mayores riesgos o repercusiones para la salud del paciente. Según el artículo 8 de esta ley, esto incluye:
El consentimiento escrito garantiza una mayor protección legal tanto para el paciente como para el personal sanitario, ya que deja constancia clara de que el paciente ha sido adecuadamente informado y ha aceptado el procedimiento.
La firma electrónica de los consentimientos informados es una herramienta que agiliza el proceso de obtención de consentimiento, manteniendo la validez legal y asegurando la autenticidad y seguridad del consentimiento del paciente. Esta modalidad ofrece múltiples ventajas y se adapta a los requisitos de la normativa vigente, que permite la digitalización de documentos y el uso de medios electrónicos en diversos trámites, incluidos los consentimientos médicos.
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